“Toda manifestación de voluntad libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consienta el tratamiento de datos personales que le conciernen.” (Art. 3.h LOPD).
Dependiendo de cada caso concreto, el consentimiento podrá solicitarse de manera expresa o tácita, si bien, en ambos casos, se deberá cumplir con lo establecido en el Artículo 5 de la LOPD (derecho de información en la recogida de datos). No obstante, en el caso de los datos especialmente protegidos el consentimiento deberá ser siempre expreso.
Ejemplos:
Para almacenar en un fichero datos relativos a la salud, origen racial o vida sexual de una persona, será necesario su consentimiento expreso, puesto que son datos especialmente protegidos.
Si los datos personales son relativos a la ideología, afiliación sindical, religión y creencias, el consentimiento expreso deberá presentarse por escrito.
Cuando un opositor rellena con sus datos personales la solicitud para participar en un proceso selectivo de acceso a una Administración Pública, nos encontramos ante un consentimiento tácito para recabar y tratar dichos datos personales.
Fuente: Guía de protección de datos personales para Universidades,
Página 437
Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid
Edición: Abril de 2008, ISBN: 978-84-935457-4-1